Las aportaciones a tu PPR son deducibles de impuestos hasta el tope anual establecido en la Ley del ISR. Puedes deducir hasta el 10% de tu ingreso bruto anual o el tope de 5 UMAs elevadas al año (es decir $213,973.20 MXN en 2026). Esta deducción aplica en tu declaración anual, pero si aportas más del límite, el excedente no será deducible.
Por ejemplo, Si tus ingresos anuales son menores a $213,973.20 MXN, el máximo deducible será el 10% de los ingresos sobre los que pagas impuestos.